Los requisitos para obtener la Habilitación Nacional en Recorridos de Tiro, por parte de los aspirantes serán los siguientes:
- Estar en posesión de la licencia de armas tipo “F” o “A”
- Estar en posesión de la licencia federativa en vigor de su Federación Autonómica correspondiente de cómo mínimo 1 año. Salvo los que posean la licencia de armas tipo “A”, que sólo tendrán que haber obtenido la licencia federativa.
- Haber hecho y superado el Curso para la obtención de la Habilitación Nacional en Recorridos de Tiro según las características expuestas en el punto 3 de esta Normativa.
- Tener el Certificado de superación del Curso de habilitación impartido y firmado únicamente por el Entrenador Nacional Nivel I o II, reconocido como Técnico Especialista en Recorridos de Tiro, y/o por un Entrenador Nacional Técnico Especialista en Recorridos de Tiro habilitado.
Una vez cumplimentados los anteriores requisitos, el tirador que desee la Habilitación Nacional de Recorridos de Tiro para participar en tiradas y competiciones Nacionales, deberá adjuntar el Certificado de superación del Curso, tramitándose las certificaciones de Aptos a través de la Federación Autonómica correspondiente, la cual las hará llegar a la Real Federación Española de Tiro Olímpico para su registro como tales. Sin este requisito no se admitirá ninguna certificación a este respecto.
Tramitado correctamente todo ello y dado el visto bueno de la RFEDETO, el tirador estará total y absolutamente Apto para practicar los Recorridos de Tiro en todas las tiradas de Carácter Nacional.
El tirador que haya obtenido la Habilitación Nacional en Recorridos de Tiro, deberá solicitar la tarjeta acreditativa como tal, abonando además del coste de la tarjeta, los 5 euros destinados a la IPSC.